Golpe directo al amparo
- César Esparza Ramón|BCNoticias

 - 17 sept
 - 2 Min. de lectura
 

La iniciativa presidencial limitaría gravemente el recurso ciudadano contra el abuso de poder
Ciudad de México, 17 de septiembre de 2025.-
La presidenta Claudia Sheinbaum presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, al Código Fiscal y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que, de aprobarse, modificaría de manera profunda el único recurso que permite a los ciudadanos defenderse frente a actos de autoridad.
El proyecto fija un plazo máximo de 60 días naturales para dictar sentencia en los juicios de amparo y elimina prácticas que prolongaban los procesos, como las recusaciones sin sustento o el aplazamiento de pruebas por diferimientos. También establece que las entidades públicas ya no pagarán garantías en los juicios.
La mayor tensión se concentra en la eliminación o restricción de suspensiones. Las empresas sin permisos ya no podrán obtener medidas cautelares para seguir operando. En bloqueos de cuentas por presunto lavado de dinero se elimina la suspensión provisional, dejando como única opción el desbloque definitivo si se acredita la licitud de los fondos.
Asimismo, se prohíbe suspender actos relacionados con la deuda pública, al calificarse de interés nacional.
En el ámbito penal, la reforma abre la posibilidad de conceder suspensión a personas con orden de aprehensión, pero con condiciones estrictas, como el pago de una fianza en un plazo de tres días.
De no cumplirse, la protección se revoca de inmediato.
El paquete incluye el amparo digital, con expedientes electrónicos y uso de firma electrónica, aunque manteniendo la vía en papel.
Si bien este mecanismo promete agilizar procesos, el riesgo señalado es la exclusión de millones de personas que carecen de acceso confiable a internet, lo que significaría limitar de facto su defensa ante el Estado.
En materia fiscal, una vez que un crédito se considere firme tras agotar recursos legales, el contribuyente no podrá volver a impugnar mediante recurso de revocación ni juicio contencioso administrativo. Con ello, el SAT podría ejecutar cobros inmediatos sin que los contribuyentes cuenten con medios de defensa adicionales.
El apartado de cumplimiento de sentencias también representa un retroceso: cuando una autoridad alegue imposibilidad jurídica o material para cumplir un fallo, quedará exenta de sanción o responsabilidad penal. Esta medida debilita la fuerza del amparo como herramienta de control al poder público.
Aunque la exposición de motivos destaca beneficios como plazos más cortos, digitalización y mayor claridad en el interés legítimo, los riesgos graves dominan el debate: exclusión digital, eliminación de suspensiones que hasta ahora protegían a ciudadanos y empresas frente a actos inmediatos de la autoridad y la limitación al litigio social que dejaría sin voz a colectivos, comunidades y organizaciones que defienden causas comunes.
La iniciativa no es un ajuste técnico: representa un cambio estructural que reduciría de manera severa la capacidad de la sociedad para usar el amparo como freno a abusos del poder público. Con ello, se pone en entredicho el alcance del mecanismo que, desde su origen, ha sido la última línea de defensa ciudadana frente al Estado.





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